Adrián, sin ánimo de crear polémica ni de perturbar más aun la situación, debes conocer una disposición del código civil ante situaciones similares a las que comentas,en las cuales el vendedor está obligado a responder, los vicios ocultos.
Tu actuación, debe ser ejercida antes de los 6 meses de adquisición del vehículo, y además, poder demostrar que el coche ha sufrido la avería antes de la compra, lo cual en tu caso, puede ser difícil, (pero no imposible).
Si tienes pruebas de que en el viaje tras la compra el problema salió a la luz, ya es mucho para poder aportarlo. Te digo esto, porque muchas veces nos vemos metidos en una situación que pasa por soluciones de tipo legal.