La cosa se explica fácil, no voy a entrar en cuestiones legales.
Si el taller referido por el compañero está autorizado, "y se han usado materiales de la calidad especificada por la marca, o superior y dispone del correspondiente sellado en la revisión referida, o en su defecto una factura que lo acredite", poco o nada podrá hacer Mazda para rehusar al cumplimiento requerido de la garantía del vehículo.
El derecho de los consumidores a elegir dónde realizar el mantenimiento y las reparaciones de su coche, siempre que sean ellos quienes paguen la factura, está reconocido en la normativa europea desde 2002, con el Reglamento 1400/2002, cuyo periodo de vigor finalizó en 2010. En ese momento, la UE redactó el Reglamento 461/2010, que vuelve a recoger ese principio y cuya vigencia se prolonga hasta el año 2023 por lo menos.
El espíritu de la norma obedece al principio "El que paga manda". Por tanto, siempre que el usuario pague, puede elegir a donde ir. Cuando la factura de la operación la abone el constructor (que es el que da la garantía), el usuario tiene que ir a dónde le diga la marca del vehículo (porque él no paga y sí lo hace la marca), que no creo sea el caso.
Mazda tiene, y lo sabe, un problema muy comentado con los inyectores Diesel, y "hasta que no se les de donde les duela", el problema persistirá hasta cronificarse.
Antes de nada, enviar un mail con la documentación que acredite que no se han vulnerado las revisiones, ni se han usado en estas materiales de calidad no permitida por la marca, tras ello, (a pelear).
Y si digo pelear, no me refiero a ir allí con los hombros caídos, y comprar lo primero que al operario se le ocurra contarte.
Digo esto, porque en España somos muy dados a quedarse con la primera frase, del primer mitin, así estamos a día de hoy.