Lo de los TSBs, es algo un tanto frágil.
Por un lado, "y por norma general", se aplican durante el período de garantía del coche.
Pero esta aplicación viene dada por dos prerrogativas que no está demás conocer.
- El coche debe estar en garantía.
-Y lo peor, siempre que el taller confirme la existencia del problema, lo cual, ya nos indica parte del problema a la negativa de muchos a reconocer el asunto.
Por otro lado, ningún fabricante de coches, (estoy hablando de España), tiene obligación de enviar información de ello al cliente afectado, cosa que ya chirría, pero lo de siempre, we are spanish, y al carallo.
Además de ello, no tienen obligación de cubrir gastos de la reparación.
(Todo esto), en casos aislados, con TSB emitido por la marca.
En caso de que que un problema (como es el nuestro) se vea con afección generalizada, el fabricante puede enviar voluntariamente cartas de "Notificación al Propietario" a los consumidores afectados. Estas notificaciones pueden indicar a los consumidores que lleven su vehículo a un concesionario para repararlo gratuitamente. "Aunque existen restricciones tanto de kilometraje como de tiempo", las notificaciones a los propietarios pueden prolongarse más allá del periodo de garantía inicial.